Santiago, 24 de julio de 2020
Estimados Dres. Accionistas:
Mediante la presente nos permitimos actualizar información en relación a las cartas que han recibido de parte de Isapre Nueva Masvida comunicándoles el término de plan médico (PLAN MAS2012) o la modificación del mismo (PLAN MAS2005 GOLD y PLAN ALT 90):
Al respecto le informamos que nuestro equipo de abogados, está trabajando coordinadamente con los Abogados de FALMED, y se ha concluido entre ambos equipos jurídicos, la conveniencia de presentar Recursos de Protección individuales en contra de la Isapre, ya que en ocasiones anteriores, la Corte de Apelaciones ha declarado inadmisibles recursos de protección grupales interpuestos a favor de todos los afiliados a un mismo plan, por estimar que se trata de una acción popular que no puede ejercerse a través de un recurso de protección. Por ello, no podemos correr el riesgo de presentar un solo Recurso de Protección a favor de todos los afiliados y que sea declarado inadmisible por la Corte.
Refuerza la conclusión anterior, el hecho que, en las últimas semanas, FALMED ha deducido varios recursos de protección en favor de los médicos colegiados adscritos al Plan MAS2012, en contra del término del referido plan que les informó la Isapre, habiendo obtenido órdenes de no innovar en los mismos, lo que significa que, mientras se tramitan tales recursos de protección, la Isapre no podrá dar por terminado el plan, y éste seguirá vigente con sus coberturas y beneficios, respecto de aquellos afiliados a cuyo favor se ha recurrido de protección.
Los Recursos de protección tienen por finalidad obtener, en el menor tiempo posible, una orden de no innovar que suspenda la decisión de la Isapre de poner término a los planes médicos y/o de modificarlos en el corto plazo, de modo tal de contar con más tiempo para obtener una medida precautoria en la demanda civil que fue interpuesta por EMV. En este sentido, les hacemos presente que no hay incompatibilidad entre dicha demanda civil, los recursos de protección que se presentarán en tribunales en forma individual y la denuncia ante la Superintendencia de Salud que les solicitamos que pudieran presentar, sino que, por el contrario, todas las acciones tienden a un mismo fin, lograr que los planes médicos se mantengan hasta que la Isapre les ofrezca a todos el plan médico que se acordó en abril de 2017, cuando autorizamos la transferencia de cartera.
Ahora bien, respecto de los planes médicos que no han recibido carta de la Isapre, a saber, PLAN MAS2005, MAS90, MAS900 y ALT2000, les solicitamos que, en cuanto reciban alguna información en relación a la modificación de dichos planes por parte de la Isapre, nos informen a la brevedad.
En este contexto, los accionistas que son colegiados, deberán enviar la información a FALMED en la forma que les fue solicitada por ellos para la presentación de recursos de protección. Por su parte, los accionistas no colegiados, deberán proceder del modo que se indica a continuación:
1° Si Ud. desea interponer un Recurso de Protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. por la decisión de esa Isapre de poner término a su plan de salud médico o de modificarlo, deberá enviar un correo electrónico a nuestro abogado a la dirección recursodeproteccion@emv.cl, para que él lo represente ante la Corte de Apelaciones en la presentación de dicho recurso.
2° En el correo electrónico deberá indicar al abogado antes referido, que ha recibido una carta de la Isapre, un llamado telefónico, un correo electrónico de aquella en que se le ha informado el término o modificación de su plan de salud colectivo o que ha tomado conocimiento de ello por otros medios, por lo que solicita al abogado, interponer en su favor, las acciones judiciales que estime pertinentes, contra el actuar ilegal y arbitrario de la Isapre.
3° Deberá acompañar a ese correo electrónico, una copia digitalizada de la carta o correo electrónico que ha recibido de la Isapre o indicar que no ha recibido ninguno de los referidos documentos.
4° El correo electrónico debe ser remitido a la brevedad posible y, a más tardar, el día 31 de julio. Ello con la finalidad de poder interponer el Recurso de Protección en forma oportuna.
Por último, queremos hacer presente a Ud. que todas las acciones que estamos llevando a cabo, esto es, tanto la demanda civil, como la denuncia ante la Superintendencia de Salud y los Recursos de Protección a que hemos hecho referencia, se han coordinado en todos sus aspectos con el equipo jurídico de FALMED, por lo que hay unidad de acción.
Las dudas que tengan en relación a lo informado precedentemente, agradecemos plantearlas al correo electrónico accionistas@emv.cl
También para aquellos que requieran una mayor explicación, acerca de la razón por la que se está procediendo de esta forma, pueden escribir al Dr. David Medina R. (Presidente de EMV), al correo electrónico dmedinarossel@yahoo.es.
Les saludan atentamente,
Directorio EMV S.A.
David Medina Rossel – Jorge Claro Muñoz – Francisco Garrido Concha – Alejandro Yáñez Vent – Aliro Bolados Venegas

